La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró al Estado mexicano responsable internacionalmente de la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario, una mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años, en hechos ocurridos en 2007 en la comunidad de Tetlalzinga, en la Sierra de Zongolica, Veracruz, según la sentencia notificada el 16 de diciembre de 2025. El tribunal internacional determinó que la agresión fue perpetrada por integrantes del Ejército mexicano y que la falta de atención médica oportuna también contribuyó a su fallecimiento.
De acuerdo con el fallo emitido por el tribunal, los hechos se remontan al 25 de febrero de 2007, un día después de que un campamento militar fue instalado cerca del domicilio de Ernestina como parte de la estrategia federal contra el narcotráfico iniciada en 2006. La Corte IDH estableció que la violación sexual sufrida por Ascencio fue un acto de tortura intencional, al causar “severos sufrimientos físicos y mentales” y haberse realizado con el objetivo de “intimidar, degradar, humillar y someter a la víctima”.
Tras la agresión, la Corte concluyó que la combinación de las lesiones graves y la falta de atención médica adecuada derivó en la muerte de la mujer indígena el 26 de febrero de 2007, después de que fue trasladada durante aproximadamente 10 horas por sus familiares en busca de atención en el Hospital Regional de Río Blanco, donde no pudo recibir intervención quirúrgica a tiempo. Además, el tribunal resaltó que la falta de intérpretes en náhuatl y barreras lingüísticas contribuyeron a la negligencia en la atención, lo que violó los derechos de Ascencio a una salud accesible, disponible y de calidad.
El fallo detalló que México también vulneró derechos humanos fundamentales consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales, incluidos los derechos a la vida, integridad personal, garantías judiciales, honra, dignidad e igualdad ante la ley, además de fallas en las investigaciones que deberían haber garantizado justicia para los familiares de la víctima en condiciones de igualdad.
Como parte de las medidas de reparación ordenadas por la Corte IDH, el Estado mexicano deberá llevar a cabo una investigación penal exhaustiva para identificar y sancionar a los responsables, ofrecer atención médica y psicológica a los familiares, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad, fortalecer el Centro de Atención Especializada en Soledad Atzompa y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en lenguas indígenas para los sistemas de salud y justicia, con el fin de prevenir que hechos similares se repitan en el futuro.
